Concepción
educativa de los pueblos andinos y
amazónicos.
Es la forma
o manera particular de interpretar, concebir y ver la realidad y el mundo como
una "totalidad orgánica", la vida, el mundo, el tiempo y el espacio, que posee desde siempre el poblador originario de la
eco región andina-amazónica, los mismos que le ofrecen una explicación
mitológica y la orientación valorativa de su sentido y su razón de ser. Además
se manifiesta en las creencias y los
valores, pero fundamentalmente en los mitos cosmogónicos, que la sustentan.
Filosofía andina
Los autores
entienden como cosmovisión andina, panteísmo, pensamiento andino, que corresponde al conjunto de racionalidades; se trata de
un modo de relación simbólica con la realidad, definido por una serie de rasgos
idiosincráticos como el vínculo solidario entre cognición, emoción y una visión
holística del mundo.
·
Principio de Relacionalida.
Según este
principio todo está relacionado entre sí. Ontológicamente la entidad básica es
la relación y no la substancia, de forma tal que recién en base a las
relaciones previamente constituidas los entes particulares se constituyen como
"entes" (PCR-2009:64). En este sentido los "entes" son
"concretos" sólo en tanto son concebidos interrelacionados.
·
Principio de Complementariedad:
De acuerdo a
este principio "ningún ente" y ninguna acción existe "monódicamente", sino siempre en coexistencia con
su complemento específico. Este complemento (con+plenus) es el elemento que
"hace pleno o completo", al elemento correspondiente. Además este
principio destaca la inclusión de los "opuestos" complementarios en
un "ente" completo e integral.
·
Principio de Correspondencia:
Según este
principio derivado de la racionalidad, los diferentes ámbitos o aspectos de la
realidad se corresponden entre sí armoniosamente.
Incluye
nexos relacionales cualitativos, simbólicos, celebratorios, rituales y
afectivos que se manifiesta en todo nivel y en todas las categorías.
·
Principio de Reciprocidad:
Desde mucho antes que el sistema del Ayllu y Ayni fuera instaurado en el Tawantinsuyo como normas estructurales básicas de la nación, ya se
practicaban a lo largo y ancho de los andes en forma no estructurada. Es la
manifestación pragmática y ética del principio de correspondencia, en el sentido de que a cada acto
le corresponde como contribución de complemento un acto recíproco. Según este
principio, los diferentes actos se condicionan mutuamente (inter-acción), de
tal manera que el esfuerzo o la "inversión'' en una
acción por un actor será "recompensado'' con un esfuerzo o una inversión
de la misma magnitud por el receptor. En el fondo se trata de una justicia (meta-ética) del intercambio de bienes,
sentimientos, personas y hasta de valores religiosos.
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